Por el cumplimiento de nuestro derecho a lactar a nuestros/as hijos/as
Según la OMS «la lactancia es recomendada como modo exclusivo de alimentación hasta los seis meses de edad, y de ser posible continuar junto con los otros alimentos hasta los dos años.»
Desde el SUTE recordamos que las trabajadoras de la educación tenemos los siguientes derechos relacionadas a la maternidad (Ley 5811):
- Estabilidad en el cargo: existe protección a las maternidades, desde el momento que se informa el embarazo (art. 56)
- Licencia paga: 120 días de licencia por maternidad (parto u adopción) y 180 días en caso de nacimientos múltiples o con hijo con discapacidad (art. 54)
- Hora de lactancia: dos descansos de media hora en jornada de trabajo durante un año después de finalizar la licencia (art 54). Y según el art. 23 del decreto 727/93 se pueden acumular los descansos para amamantar en una hora diaria, al comienzo o al final de la jornada laboral (4 hs como mínimo de jornada laboral continua).
Sin embargo, estos derechos no son suficientes, por eso exigimos:
- Que se cumplan las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, extensión del periodo de lactancia.
- La extensión del periodo de licencia por maternidad y paternidad. Las tareas de cuidado deben ser asumidas por ambos, y por tiempos iguales.
- La hora de lactancia para todas las trabajadoras (sin mínimo de hora de jornada laboral)
- Espacios apropiados en nuestros lugares de trabajo para amamantar, y/o extracción y conservación de la leche materna.
¡EL FIN DE LA LICENCIA NO DEBE SER EL FIN DE LA LACTANCIA!
EXIJAMOS QUE SE CUMPLAN NUESTROS DERECHOS
SECRETARIADO EJECUTIVO PROVINCIAL